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En esta sección podrás encontrar todas las subvenciones y ayudas que existen para tu municipio.
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Programa de Bono Respiro
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Histórico
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Ficha resumen

Ámbito territorial
Comunidad Valenciana
Organismo
Generalitat Valenciana. Conselleria de Bienestar Social
Fecha Inicio:  29-01-2010 | Fecha Fin:  15-03-2010
Beneficiarios
Podrán beneficiarse de estas ayudas las PERSONAS que, reuniendo los requisitos de acceso, se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:


- Tener 65 años o más en el momento de presentar la solicitud y haber cesado en la actividad laboral o profesional por jubilación o incapacidad.

- Tener de 55 años o más y tener diagnosticada la enfermedad de Alzheimer u otras demencias.

- De forma excepcional y con el objetivo de mantener la Unidad Familiar*, podrán solicitar el ingreso conjunto con el solicitante principal, las personas mayores o menores de 65 años, que acrediten una de las siguientes situaciones:

* Ser cónyuge o pareja de hecho debidamente inscrita en el Registro administrativo de Uniones de Hecho de la Comunitat Valenciana.
* Ser discapacitado conviviente con el solicitante y siempre que ingrese en el mismo centro residencial que aquel y no sufra algún trastorno de conducta o comportamiento agresivo que pueda alterar la normal convivencia de la residencia (serán considerados discapacitados aquellos que tengan un grado de minusvalía igual o superior al 65 %).

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*Unidad Familiar: la integrada por cónyuges no separados legalmente y, si los hubiere, hijos menores de edad no emancipados o mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a la patria potestad prorrogada o rehabilitada.
En el supuesto de separación legal, o cuando no exista vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos indicados en el párrafo anterior.
Requisitos
Los requisitos que deberán cumplirse para acceder a esta prestación son los siguientes:

- Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunitat Valenciana.

- Tener la consideración de persona dependiente, acreditada mediante el correspondiente informe médico.

- Acreditar la necesidad social y económica de acuerdo con los criterios que se establecen.
Motivos y contenidos
EL OBJETO de este programa es el de aportar ayudas destinadas a financiar distintas modalidades de estancias de carácter temporal o no permanente en residencias de tercera edad en el año 2010, cuando por necesidades que afectan a las personas mayores o a sus cuidadores familiares, estas personas mayores, necesitan de la atención en un centro especializado, que sustituya los cuidados que, de forma habitual, se prestan y/o se reciben en el ámbito familiar.

Cuando una persona mayor acredite esta necesidad y no disponga de medios económicos suficientes, la Generalitat le proporcionará una ayuda para el pago de su estancia.

Las NECESIDADES A SATISFACER son las siguientes:

- Sustitución del cuidador principal cuando, de forma temporal y por necesidades sanitarias, sociales o laborales, no pueda atender las actividades habituales que exige el cuidado de la persona mayor.
- Cuidados del anciano tras altas hospitalarias en periodos de convalecencia.
- Descanso del cuidador principal.
- Otras necesidades de carácter social que impidan a las familias, transitoriamente, el cuidado de las personas mayores dependientes a su cargo.


Las MODALIDADES DE BONO consistirán:

- BONO RESPIRO MENSUAL o BONO VERDE.

Se trata de un Bono para la estancia de UN MES CONSECUTIVO, en una residencia de la Tercera Edad, cuando por las necesidades sanitarias o sociales, la persona mayor requiera de una atención integral en un centro especializado.
Estos Bonos se harán efectivos a elección del usuario y de acuerdo con el centro elegido para su atención durante un mes natural o bien de fecha a fecha en dos meses consecutivos, siempre que se realice con anterioridad al 31 de diciembre de 2010.

- BONO RESPIRO DÍAS o BONO AZUL.

Cosiste en 20 Bonos diarios para la atención en Residencias de la tercera edad que podrán hacerse efectivos en el año 2010, en las fechas elegidas por los interesados, para la satisfacción de su propia necesidad.
Estos Bonos se disfrutarán a lo largo del año 2010 en los días elegidos por los interesados y de acuerdo con los centros elegidos, en un horario que se establece a partir de las 9 de la mañana del día de entrada hasta la misma hora del día que se produzca la salida.

- BONO RESPIRO FIN DE SEMANA o BONO BLANCO.

Consistirá en 12 Bonos para su disfrute en un residencia de la tercera edad, en los fines de semana que el interesado elija, de acuerdo con el centro en el que vaya a ser atendido, a razón de un Bono mensual, si bien, por necesidades del interesado, el disfrute de varios fines de semana podrá hacerse efectivo en un mismo mes.
Los Bonos blancos podrán disfrutarse durante el año 2010, en un horario que se establece a partir de las 9 horas del viernes hasta las 17 horas del domingo, incluyéndose en todo caso, la comida del viernes y la comida el domingo.


INCOMPATIBILIDADES

Las distintas modalidades de Bono son INCOMPATIBLES entre sí, pudiendo optarse solo por una de ellas dentro del año natural.


El PAGO de las Ayudas, una vez resueltas, se efectuará del siguiente modo:

- Los beneficiarios de las ayudas recibirán la cuantía de las mismas por medio de los correspondientes Bonos, cuyo importe será abonado por la Generalitat, directamente al centro en el haya sido atendido.
- El pago se efectuará mediante el Bono, en el centro elegido para su estancia, donde figura el importe concedido así como la cantidad que le corresponda abonar. Una vez efectuado dicho pago, el centro vendrá obligado a entregar al beneficiario el correspondiente justificante de pago y factura.