Junta de Andalucía.Consejería para la Igualdad y Bienestar Social
Fecha Inicio: 02-02-2010|Fecha Fin: 31-12-2010
Beneficiarios
Los beneficiarios serán todas aquellas personas que precisen de dicha prestación para la atención de necesidades particulares exceptuando a:
- Personas mayores.
- Personas con discapacidad.
- Personas en situación de dependencia.
- Menores.
- Personas con problemas de drogodependencias y adicciones.
- Comunidad gitana.
- Colectivos con necesidades especiales.
- Emigrantes e Inmigrantes.
Requisitos
Los requisitos de acceso establecidos son los siguientes:
- Residir y estar empadronado en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Encontrarse en situación de urgencia social.
- Encontrarse en alguno de los colectivos de beneficiarios.
Motivos y contenidos
Las subvenciones por urgencia social están destinadas a atender situaciones especiales o extraordinarias en interés de diferentes sectores.
Son Subvenciones destinadas a personas físicas, que precisen de una prestación, para la atención de necesidades particulares, exceptuando las subvenciones individuales para personas con discapacidad y personas mayores.
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