Programa de Estancias de Tiempo Libre para Mujeres con Hijos y/o Hijas Exclusivamente a su Cargo
Ficha resumen
Ámbito territorial
Castilla - La Mancha
Organismo
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Consejería de Presidencia
Fecha Inicio: 12-06-2010|Fecha Fin: 28-06-2010
Beneficiarios
Podrán beneficiarse de este programa las familias monomarentales formadas por mujeres que no convivan con pareja afectiva, mujeres residentes y exresidentes de los recursos de Acogida, con hijos/as exclusivamente a su cargo que, reuniendo los requisitos de acceso, así lo soliciten.
Requisitos
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las mujeres que reúnan los siguientes requisitos a la fecha de presentación de la solicitud:
- Tener hijos/as exclusivamente a su cargo.
- No convivir con pareja afectiva.
- Residir en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
- No superar, la renta anual del conjunto de la unidad familiar dividida entre el número de miembros que la componen, el 1,5 del IPREM* (Indicador de Renta de Efectos Múltiples) correspondiente al ejercicio a que se refiera dicha renta. A estos efectos la renta a tener en cuenta será la correspondiente a la última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con plazo de presentación vencido, salvo en el supuesto en que las circunstancias económicas de la unidad familiar sean notoriamente distintas en el momento de la solicitud, en cuyo caso se tendrá en cuenta la renta existente a la fecha de presentación de la solicitud.
- Acreditar ser parada de larga duración.
- Los hijos e hijas que se hagan constar en la hoja de solicitud deberán tener una edad comprendida entre cero y catorce años. Excepcionalmente, podrán superar la edad de catorce años, previa valoración positiva de la Delegación Provincial del Instituto de la Mujer correspondiente.
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*IPREM: 2010: Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: 532,51 €/mes-6.390,13 €/año.
Motivos y contenidos
El Programa de Estancias de Tiempo Libre está dirigido para familias monomarentales formadas por mujeres que no convivan con pareja afectiva, mujeres residentes y exresidentes de los recursos de Acogida, con hijos/as exclusivamente a su cargo.
La ayuda consistirá en una estancia de 6 días (5 noches) para las mujeres e hijos/as que les acompañen en un equipamiento hotelero situado en una localidad de la costa española, en régimen de pensión completa, incluyendo los traslados de ida y vuelta desde el punto de salida establecido, póliza de seguro, acompañamiento de un equipo de monitores y actividades complementarias.
El viaje se realizará entre la última semana de agosto y las dos primeras de septiembre, correspondiendo la determinación de la fecha y lugares concretos al Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.
RENUNCIA de las mujeres beneficiarias:
La renuncia a la plaza o plazas adjudicadas por parte de las beneficiarias deberá ser comunicada de forma motivada, con una antelación mínima de 15 días del comienzo de la estancia, a la Delegación Provincial del Instituto de la Mujer de su domicilio.
En este supuesto, el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención a la solicitante o solicitantes siguientes a aquella en orden de su puntuación, teniendo en cuenta que si estas beneficiarias tuvieran más hijos o hijas que la titular de la plaza, sólo podrán participar en el programa ocupando la plaza o plazas que quedan disponibles.
El órgano concedente de la subvención comunicará esta opción a las interesadas a fin de que accedan a la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de 10 días naturales.
INCOMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS:
Estas ayudas son incompatibles con cualquiera otra que puedan obtener las mujeres solicitantes para la realización de la misma actividad para la que se concede.
En el supuesto de que la mujer beneficiaria obtuviera subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, para el mismo objeto, el Instituto de la Mujer iniciará el correspondiente procedimiento sancionador y de reintegro.
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